CTS 2021: Todo lo que debes saber para librarla y consejos para utilizarla

CTS 2021: Todo lo que debes saber para librarla y consejos para utilizarla

por Constructora Galilea en Home Publicado el día 12/05/2021

El 23 de abril, el Gobierno peruano promulgó la ley que permite a los trabajadores retirar el 100% de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), esto con el objetivo de mitigar la crisis económica causada por la pandemia del coronavirus en nuestro país.

La ley, la cual fue promulgada en el Diario Oficial El Peruano, indica que se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del presente año, disponer del 100% de la CTS que se tiene acumulado en las entidades financieras hasta la fecha.

A pesar de que no se sabía la fecha exacta para empezar con los retiros de la CTS; sin embargo, la ley aprobada señalaba que el Ejecutivo tenía un plazo máximo de 10 días calendario para dar a conocer las disposiciones reglamentarias para que se cumpla la norma. En este contexto, los peruanos se preguntaban cuándo y cómo se podría acceder a dicho fondo.

Es por ello que, el pasado 4 de mayo, el gobierno aprobó las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la ley que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). En esta ocasión, te contamos cuáles son los pasos a seguir para retirar tu CTS.

En el diario El Peruano se publicó el decreto supremo, el cual señala que el retiro de la CTS aplica para los siguientes trabajadores:

1) Los trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten.

2) Los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR.

3) Los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR.

De acuerdo al reglamento establecido por el Poder Ejecutivo, tienes la posibilidad de retirarlos por completo o de manera parcial según la cantidad que tengas disponible en la cuenta.

Lo primero, solicitar a la entidad financiera en donde tienes tu CTS la transferencia del dinero a una cuenta de sueldo o ahorros, no interesa si se trata de un banco, caja financiera o cooperativa de ahorro y crédito.

El pedido de retiro lo puedes hacer de manera online o por medio de los canales que establezca cada entidad financiera. Existen casos en que lo puedes solicitar a través de su aplicación o banca por internet. En algunas entidades como bancos o cajas tienes la posibilidad de retirar tus fondos directamente desde tu misma cuenta de CTS usando sus cajeros automáticos.

Una vez que hayas realizado tu pedido, la entidad financiera tiene un plazo no mayor a dos días hábiles para proceder con el desembolso en la cuenta que has indicado. Transcurridos esos días tendrás el dinero disponible listo para usar, ya sea desde tu misma cuenta o para retirarlos en cajeros o agencias.

Si bien es cierto el dinero que se retirará de la CTS a muchos peruanos les será de gran ayuda. Sin embargo, es necesario saber que la CTS funciona como un seguro de desempleo, es decir, cuando se termine la relación laboral con cierta empresa. Por tanto, retirar el dinero no es una gran idea. Aunque debido a la coyuntura actual en la que vivimos tenemos estas recomendaciones para que decidas que rumbo debe tomar tu dinero.

Hay quienes piensan en destinar el dinero de la CTS para crear un negocio, invertirlo para pagar la primera cuota en un inmueble. Recuerda que la mejor forma de utilizar tu dinero es invirtiéndolo y si ya estaba en tus planes iniciar el proceso de compra de tu casa propia esta sería una gran oportunidad.

Por otro lado, hay expertos que recomiendan no retirar el dinero hasta que realmente sea necesario o por lo menos consérvalos en tu cuenta hasta fin de año, ya que, tienes la opción de retirarlos hasta el 31 de diciembre. Pues, la cuenta CTS es la que mejor paga en tasas de interés.

En cambio, si tu economía se ha visto perjudicada debido a la pandemia, tienes deudas, y quieres nivelarte en tus finanzas personales; entonces puedes usar el dinero de tu CTS, pero de manera racional.

* Constructora Galilea ofrece información que puede haber sido obtenida de terceras fuentes por lo que no asumimos responsabilidad por la misma. La información general aquí expuesta no constituye oferta ni pretende promover la contratación o adquisición de producto o servicio alguno de modo que no tiene naturaleza publicitaria ni pretende sustituir la asesoría que cada persona pueda obtener de manera independiente. Constructora Galilea no es responsable del Fondo Mi Vivienda ni de cualquier prestación ofrecida por terceros. Todas las ilustraciones y representaciones son referenciales.

Deja un comentario