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Cómo y cuándo hacer el retiro del 25% de tu AFP para tu casa propia

 


En algún momento muchos han tenido el plan de vivir en su propia casa o en todo caso en un departamento. Pero con el tiempo las cosas cambian. No olvides que hoy por hoy hay departamentos que puedes encontrar en el mercado de acuerdo a tus necesidades.


El gran dilema de muchas personas es, ¿cómo o con qué dinero empezar a comprar tu departamento? Si no encuentras respuesta alguna y eres afiliado a una de las AFP esta alternativa te podría ayudar y es que si eres uno de ellos podrás retirar el 25% de tus fondos de pensiones para pagar la cuota inicial o cancelar un crédito hipotecario de un primer inmueble.


Si crees que esta opción será de gran ayuda y has pesando en darle uso para amortizar el pago o la primera cuota de tu vivienda, tienes que saber a quién le conviene y en qué momento puedes retirar tus aportes.


Las personas que se ven más beneficiadas son los que tienen un monto que les permita llegar más rápido a la cuota inicial del departamento o que sea algo significante que te ayude a pagar la cuota del crédito hipotecario. Sin embargo, el 25% del fondo solo podrás usarlo para financiar el primer inmueble.


Además, los conyugues, convivientes y pareja en general podrán beneficiarse con el retiro del 25% de los fondos para adquirir su vivienda y pagar la cuota inicial.


El reglamento de la SBS indica que, para disponer de dicho beneficio, el afiliado debe conocer el valor actualizado de su fondo de pensiones y el monto que está en capacidad de solicitar a la AFP.


Para ese caso, la entidad financiera verificará el importe solicitado del fondo acumulado en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) será destinado a fines habitacionales. Para ello solicitaran los siguientes documentos:



Tras haber cumplido con el procedimiento, la entidad financiera le entregará al afiliado, en original y copia un “documento de pre- conformidad”, con este el pensionista podrá seguir con el trámite ante su AFP para la disponibilidad de un porcentaje del fondo acumulado en su CIC.


Si la empresa identifica que el crédito hipotecario no es para la compra de un primer inmueble, el afiliado no podrá disponer del beneficio previsto en este procedimiento operativo, quedará sin efecto la gestión de dicha solicitud.


Ten en cuenta que el “documento de pre conformidad”, debe tener la información siguiente:



En este caso, el afiliado se debe comunicar con su AFP y hacerle llegar una solicitud adjuntando el documento de pre- conformidad emitido por la empresa.


El desembolso del porcentaje del fondo acumulado en la CIC del afiliado ya sea para el pago de la cuota inicial o amortizar una deuda, respecto de un crédito hipotecario otorgado por una entidad del sistema financiero para la compra de un primer inmueble.


En un plazo no mayor de 10 días hábiles de haber recibido la instrucción por parte de la empresa, la AFP procederá al desembolso de los fondos a la cuenta del sistema financiero indicada.


 


* Constructora Galilea ofrece información que puede haber sido obtenida de terceras fuentes por lo que no asumimos responsabilidad por la misma. La información general aquí expuesta no constituye oferta ni pretende promover la contratación o adquisición de producto o servicio alguno de modo que no tiene naturaleza publicitaria ni pretende sustituir la asesoría que cada persona pueda obtener de manera independiente. Constructora Galilea no es responsable del Fondo Mi Vivienda ni de cualquier prestación ofrecida por terceros. Todas las ilustraciones y representaciones son referenciales.




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